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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2576
AMPARO EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2576
No tratándose del cumplimiento de una resolución presidencial, dotatoria o ampliatoria de ejidos, sino de otra dictada por la responsable fuera, del procedimiento agrario, sin cumplir formalidad esencial alguna, no procede sobreseer en el juicio de garantías, por no hallarse el caso comprendido en la fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4489/45. Ruelas Lepe Tomás. 20 de junio de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Téllez López. La publicación no menciona el nombre del ponente.