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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2949
PESCA, MULTAS POR INFRACCIONES A LA LEY DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2949
No existe disposición legal alguna que ordene el cobro del importe de las multas que se propongan para su aprobación o modificación, a la Secretaría de Agricultura y Fomento, por infracciones a la Ley de Pesca. Por el contrario, de acuerdo con el capítulo 1o. del título 6o. del reglamento de dicha ley, una sanción no podrá hacerse efectiva, si no es que la Secretaría de Agricultura aprueba su imposición.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2687/46. Wells Fargo and Company of México, S. A. 27 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.