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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322068
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2976
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2976
Es de desecharse el agravio, si no ataca la verdadera razón o el argumento medular en que se apoyó el Juez de Distrito, para declarar infundado el concepto de violación que con el propio agravio se liga.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5040/45. H. viuda de Escobar Carlota. 28 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.