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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322075
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2985
COOPERATIVAS, LA LEY DE, NO ES DE ORDEN PUBLICO EN TODAS SUS PARTES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2985
Aunque la Ley de Sociedades Cooperativas y sus reglamentos, en términos generales, sean de orden público, no lo son así todas sus disposiciones, sino que jurídicamente se impone, para poder llegar a demostrar tal circunstancia, analizar cada uno de los preceptos de dichos ordenamientos, en cada caso particular.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1385/46. Flores Daniel. 28 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.