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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 845
MARCAS Y AVISOS COMERCIALES, INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE, EN CUANTO NO ESTABLECE EL REQUISITO DE AUDIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 845
La Ley de Marcas y Avisos Comerciales es anticonstitucional, en cuanto al procedimiento, porque en lo relativo a la declaración de nulidad de los registros de marcas, no establece una posibilidad de defensa y una posibilidad de audiencia para los interesados; pues no basta que a éstos se les dé oportunidad de ocurrir posteriormente al procedimiento judicial, porque en realidad, en nuestro sistema legal, en todos los casos, los interesados pueden ocurrir a dicho procedimiento, contra las resoluciones administrativas, bien sea como ocurre en la Ley de Patentes y Marcas, en donde existe un juicio especial que se sigue ante los tribunales, o bien en la forma normal de ocurrir en la vía de amparo; pero no puede decirse que ocurriendo el interesado a la vía judicial, pueda hacerse oír y pueda defenderse, porque entonces podría suprimirse de plano toda necesidad de que en los procedimientos administrativos se dieran las garantías de audiencia y de defensa, consideración esta última, que no puede haber sido nunca la idea de nuestra Constitución, pues el espíritu que anima a ésta, es el de que en todo procedimiento que sigan las autoridades y que llegue a privar de derechos a un particular, se tenga antes de la privación, la posibilidad de ser oído y la posibilidad de presentar las defensas adecuadas.
Precedentes
Amparo 6505/45. Martínez Ruan Benito. 29 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca.
Tomo LXXI, página 4156. Amparo administrativo directo 8620/40. Compañía Industrial de Guadalajara. 10 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.