Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/322114
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
322114
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 846

PATENTES Y MARCAS, INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE, EN CUANTO NO ESTABLECE EL REQUISITO DE AUDIENCIA.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 846

Precedentes

Amparo 6505/45. Martínez Ruan Benito. 29 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca. Tomo LXXI, página 4157. Amparo administrativo directo 8620/40. Compañía Industrial de Guadalajara. 10 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.
Registro digital (IUS): 322114