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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1596
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL, POR INDEMNIZACIONES A OBREROS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 1596
El pago de indemnizaciones por accidentes de trabajo, debe estar claramente especificado y probada la partida respectiva, a fin de que no cause el impuesto de cédula V, ya que otras indemnizaciones, por ejemplo la relativa a la indemnización constitucional, tienen otro fin jurídico distinto del pago hecho por accidentes, que no son causa de lucro, y por consiguiente, de tributación
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1765/45. Compañía Minera del Cubo, S. A. 21 de febrero de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.