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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2094
AUTOS DE ALQUILER (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVII; Pág. 2094
El artículo 25 de la nueva Ley de Tránsito, establece que las placas de servicio de alquiler se ministrarán a todos los vehículos que exploten este servicio, sea de pasajeros o de carga. En estas condiciones es indudable que del texto claro y terminante de este precepto infiere que las placas de alquiler, se ministrarán a todos los vehículos que exploten ese servicio, sin limitación ni taxativa alguna, es decir, que desapareció la prerrogativa o preferencia de que gozaban las agrupaciones o individuos a que se refería el decreto de marzo de mil novecientos treinta y siete y, por consiguiente, hay que concluir que no está ya en vigor dicho decreto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9131/45. Palacios Alberto y coagraviados. 7 de marzo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.