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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 151
SOCIEDADES, DEDUCCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, POR SUELDOS DE SUS SOCIOS ADMINISTRADORES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 151
La fracción V del artículo 38, del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, hablaba de los causantes que administran sus propios negocios, ya se trate de personas físicas o morales, es decir, no comprendía el caso de las sociedades en que alguno o algunos de sus socios fueran designados administradores o gerentes, y cuando así acontece, no es aplicable al citado precepto, en la norma de excepción que contiene su párrafo tercero, sino la regla general contenida en el primero.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1362/45. "Casa Domínguez", S. de R. L. 4 de octubre de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.