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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 227
PEQUEÑA PROPIEDAD, CENTROS DE POBLACION EJIDAL EN LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 227
No habiéndose demostrado la necesidad de crear o mejorar un centro de población ejidal y sí que existen lugares adecuados en un ejido provisional, para establecer el centro de población del mismo, sin afectar un lote reconocido como pequeña propiedad, es manifiesto que el acto consistente en afectar, dicho lote, con ese objeto, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 697/41. Cicero Joaquín B. 8 de octubre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.