Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/322270
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 633
PETROLEOS MEXICANOS, NATURALEZA DE LOS CONTRATOS CON LOS REVENDEDORES DE SUS PRODUCTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 633
Del oficio del subgerente de Petróleos Mexicanos en el que consta que dicha empresa "no tiene celebrado ningún convenio con sus revendedores, que los obligue a sostener un precio mínimo en sus transacciones, pues éstos actúan como comerciantes independientes y mediante un contrato por arrendamiento de equipo, se desprende que en las relaciones de dichos revendedores con Petróleos, no existen los elementos constitutivos de la comisión mercantil, sino los de compraventa y, por consecuencia no son aplicables a dichas personas las disposiciones del artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, sobre el Superprovecho.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7653/43. Caso Cacho Roberto de. 22 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.