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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 756
AGUA, USO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 756
Como el artículo 54 de la Ley de Aguas no comprende el caso de personas que habiendo vendido al Gobierno Federal obras de su propiedad, siguen utilizándolas con posterioridad a la venta, es violatorio de garantías el cobro que se haga en esos casos por cuotas anuales de compensación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6364/45. Lámbarri Jorge y coag. 25 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.