Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/322293
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
322293
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 963

MULTAS IMPUESTAS POR AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, AMPARO CONTRA LAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 963

Precedentes

Amparo penal en revisión 8521/44. Muro Basilio. 6 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente. José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Quinta Epoca: Tomo LVIII, página 1036. Amparo administrativo en revisión 5525/38. Balcázar Rubén C. 22 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alonso Aznar Mendoza. Tomo LXII, página 420. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 5973/39. Flores Pedro. 9 de octubre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXIII, página 2661. Amparo administrativo en revisión 7311/39. Flores Juan Manuel. Unanimidad de cinco votos. Relator: José M. Truchuelo. Tomo LXXXI, página 658. Amparo administrativo en revisión 2533/44. Chavaili Emilio. 11 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 322293