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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1421
AGUASCALIENTES, LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1421
El artículo 22 de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el año de mil novecientos cuarenta y cinco, no trae, en sí mismo, principio de ejecución, en prejuicio de los particulares, sino que es necesario un acto material de esa ejecución, por parte de las autoridades encargadas de aplicarlos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3286/45. Sociedad Mercantil "Indalecio Núñez", S. A. 28 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.