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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322345
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1522
PETROLEOS, CONDONACION DE MULTAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 1522
El artículo 1º del Reglamento de la Ley del Petróleo, pone de manifiesto que la Secretaría de la Economía Nacional es la competente exclusivamente para conocer y resolver, en su caso, de las multas impuestas con motivo a la infracción del Reglamento de Trabajos Petroleros.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3027/45. "Petróleos Mexicanos". 30 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.