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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322376
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 261
PATENTE SANITARIA, CARACTER DE LA, EN VERACRUZ.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 261
De la redacción del artículo 500 del Código Sanitario del Estado de Veracruz, se desprende que el legislador local consideró como un derecho, las cuotas por concepto de patentes sanitarias, pero esto es erróneo, pues dichas cuotas tienen el carácter de un verdadero impuesto, ya que para establecer si determinadas cuotas locales, para los efectos de la Ley de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, tienen el carácter de impuestos o derechos, debe atenderse perfectamente al concepto de que estas exacciones presidan en la legislación federal sobre la materia, pues de atenderse a la legislación local, se correría el peligro de que quedaran nulificados los preceptos relativos de la Ley General de Instituciones de Crédito, ya que bastaría que las leyes fiscales, de los Estados establecieran expresamente como derechos, exacciones que tienen un verdadero carácter de impuestos por su naturaleza, para que fuera letra muerta el artículo 157 del repetido ordenamiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2664/45. Almacenes Nacionales de Depósito, S. A. 12 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.