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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 595
COMISION PERMANENTE DEL ESTADO DE COAHUILA (LEYES EXPEDIDAS POR LA).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 595
Las leyes expedidas por la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Coahuila, son inconstitucionales, porque conforme a los artículos 62, 67 y 73 de la Constitución Política de esa entidad la Comisión Permanente sólo tiene las facultades que limitativamente le concede este ordenamiento, entre las que no se encuentra la de expedir leyes, que está reservada a la soberanía de la legislatura local.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 20/45. Oyervides Ramón S. y coagraviada. 26 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.