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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 621
CAPITAL CONTABLE, QUE DEBE ENTENDERSE POR TAL (UTILIDADES DE LOS SOCIOS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 621
Conforme al artículo 3o. de la Ley del Superprovecho, por capital contable se entiende la diferencia entre el activo y el pasivo de una negociación; por tanto, si las utilidades acumuladas en años anteriores que no fueron repartidas ni retiradas por los socios, estuvieron invertidas en los negocios de la empresa, por lo que desempeñaron funciones de capital y por consiguiente formando parte de la negociación, porque no habían salido del giro de la sociedad, es indudable que forman parte del activo y deben aumentar el capital contable.
Precedentes
Tomo LXXXV, página 2625. Indice Alfabético. Amparo 1974/45. Beick Félix y Compañía S. en C. 20 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXV, página 621. Amparo administrativo en revisión 4732/44. "José A. Peña y Hermanos". 27 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.