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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1313
EXPROPIACION, NATURALEZA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1313
Conforme a un decreto de expropiación, el acto expropiatorio no se desnaturaliza por el solo hecho de que el expropiado manifieste su conformidad con la expropiación, y aun renuncie a la indemnización respectiva, porque de todas maneras el acuerdo expropiatorio fue confirmado, es decir, la propiedad del afectado salió de su patrimonio, no por virtud de un convenio entre el Estado y él, en el que se hubiera tomado como base su conformidad, sino como consecuencia de haberse confirmado el decreto expropiatorio, por lo cual no puede admitirse que la expropiación sea un acto de naturaleza contractual.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1469/45. Garrido Alfredo. 22 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.