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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1792
ALCOHOL, ELEVACION DE IMPUESTO AL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 1792
El artículo 5o. de la Ley del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas, no exige que concurran todas las causas que señala, para que pueda decretarse la elevación del impuesto; sino que, como expresa el inferior en su sentencia, basta que exista una de esas causas, para que el acto esté debidamente fundado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2056/45. Berger Lázaro. 3 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Franco Carreño no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.