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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2193
APREMIO, RECURSO EN CASO DE (LEGISLACION DE PUEBLA)
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 2193
El artículo 50 de la Ley sobre Facultad Económicocoactiva del Estado de Puebla, concede un recurso del que no puede hacer uso el causante, para reclamar las violaciones cometidas en el procedimiento de apremio, por tanto, es un recurso que no debe agotarse antes de ocurrir al amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4715/45. Martínez Enrique. 20 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Franco Carreño.