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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 128
VISITAS FISCALES, NEGATIVA A RECIBIRLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 128
La identificación del representante de la autoridad fiscal es un requisito previo que debe satisfacerse, con el fin de que el visitado adquiera la certeza de que va a realizarse un acto de control a través de la práctica de la visita del timbre. Por tanto, si no consta que ese requisito se satisfizo, el visitado no está en la obligación de recibir dicha visita y por consiguiente, al rehusarla, no puede ser sancionado en los términos del artículo 179 del Reglamento de la Ley Federal del Timbre.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10134/44. "Sangenis", S. de R. L. 4 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. La publicación no menciona el nombre del ponente.