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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 542
SOCIEDADES, REINTEGRACION DEL CAPITAL DE LAS, CON LAS UTILIDADES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 542
Cuando las empresas opten por reintegrar las pérdidas del capital social, no tienen posibilidad legal de repartir utilidades a sus socios y, por lo mismo, éstos no pueden considerarse acreedores de la sociedad.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4749/44. La Aurora Industrial, S. A. 12 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.