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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 961
CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS (FRAUDE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 961
El artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, escuetamente considera responsable del delito de fraude a la persona que expide un cheque sin tener fondos en la institución bancaria a cuyo cargo se expide, presumiéndose el dolo por esa sola circunstancia. Y el hecho de que el reo pague al ofendido el importe del cheque, sólo tiene qué ver con la reparación del daño, sin que destruya la responsabilidad penal.
Precedentes
Amparo penal directo 922/45. Dantuz Wollestein Salomón. 23 de abril de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.