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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322608
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1641
JURADO DE REVISION, EXISTENCIA DEL (LEGISLACION DE QUERETARO).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1641
El hecho de que una de las autoridades afirme que el Jurado de Revisión no existe y por eso no rindió informe justificado, no es suficiente para desvirtuar la presunción de que los actos reclamados, son ciertos, porque dado que hay disposiciones que ordenen la creación del mencionado jurado, cabe presumir se fundadamente que existe.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1975/42. Herrera de Trejo Luz. 9 de mayo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Octavio Mendoza González.