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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1648
TRIBUNAL FISCAL, DEMANDA DE NULIDAD ANTE EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1648
Si la demanda fue contestada por el director Jurídico Consultivo de la Secretaría de Hacienda, a nombre de ésta quien no fue señalada como demandada en el juicio de nulidad y por lo mismo no se le citó a dicho juicio, con ese carácter, sino de acuerdo con el artículo 184 del Código Fiscal, que establece que se correrá traslado de la demanda al demandado, y además, se emplazará en su caso, al tercer interesado y a la Secretaría de Hacienda, como el mismo precepto establece que se presumirán ciertos, salvo pruebas en contrario los hechos que el actor impute de manera precisa al demandado, cuando no se produzca la contestación dentro del plazo a que alude el párrafo primero del citado precepto, cuando ésta sea omisa, o cuando, sin causa justificada, no se presente la documentación respectiva, se llega a la conclusión de que se requiere que sea precisamente el demandado quien conteste los cargos que se le hacen en la demanda, y en consecuencia, la circunstancia de que el tercer perjudicado o la Secretaría de Hacienda, en sus escritos, se refieran a esos hechos no hace que nazca la presunción juris tantum, que establece el repetido artículo 184, puesto que la contestación dada por el director Jurídico Consultivo de la Secretaría de Hacienda, no lo fue a nombre de las autoridades demandadas, sino a nombre de dicha secretaría, en su carácter de tercer interesado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1921/44. Nava José G. 9 de mayo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett B no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.