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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2124
MARCAS, NEGATIVA DEL REGISTRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2124
La repulsa de registro de una marca, se justifica, al tenor de la fracción XIV del artículo 105 de la Ley de la Propiedad Industrial, cuando se observa la semejanza con otra marca anteriormente registrada, atendiéndose al conjunto de ambas marcas, o a los elementos que hayan sido reservados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 468/45. Lahoud John. 11 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.