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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2437
PERSONAS MORALES, AMPARO PEDIDO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2437
Si el que se ostentó como apoderado de la compañía quejosa, en el amparo, no justificó tener tal personalidad, como el artículo 8o. de la ley reglamentaria del juicio de garantías terminantemente previene que las personas morales privadas, podrán pedir amparo por medio de sus representantes legítimos, si no se acredita esa personalidad procede sobreseer en el juicio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1431/45. Compañía Mercantil "El Fénix", S. de R. L. 20 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.