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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322642
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2438
VISITAS FISCALES, REQUISITOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2438
El artículo 179 del Reglamento de la Ley del Timbre, debe interpretarse en el sentido de que el empleado o encargado del establecimiento visitado, está capacitado para recibir la visita, por lo que si no se demuestra que dicha persona lo está, la negativa a recibir la mencionada visita no constituye una infracción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1194/45. Castillo Hernández María Nieves. 20 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.