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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2772
FISCO DEL ESTADO DE VERACRUZ, CAUSA EL IMPUESTO FEDERAL A HERENCIAS Y LEGADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2772
La circunstancia de que en las leyes de ingresos del Estado de Veracruz figure la adquisición por herencia en la clasificación de aprovechamientos, y que este renglón se destine también al pago de los gastos públicos, no modifica la naturaleza de la adquisición de bienes a título universal, por el fisco del Estado, pues es independiente la naturaleza jurídica de ese acto con el fin a que se destinan los bienes que por ese medio se adquieren. Por tanto, el fisco del Estado de Veracruz es causante del impuesto federal a herencias y legados cuando adquiere por herencia.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1787/43. Fisco del Estado de Veracruz. 29 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.