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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4534
GANADO, IMPUESTOS DE INSPECCIONES AL (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 4534
Si se demuestra que la tesorería municipal respectiva, cobraba el impuesto de inspecciones sobre ganado, que solamente se encontraba de paso en el Municipio de Nuevo Laredo, para ser exportado a los Estados Unidos de Norte América, debe concluirse que el cobro de ese impuesto local es injustificado, en virtud de encontrarse prohibido éste, por el artículo 17, fracción V, de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6412/42. Reséndez Enrique. 18 de noviembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.