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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322673
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 277
AGENTES ADUANALES, CANCELACION DE LAS PATENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 277
La cancelación de patente de agente aduanal no es, en rigor, una resolución fiscal, sino una sanción de orden administrativo, y por tanto, no es recurrible ante el Tribunal Fiscal de la Federación, en los términos del artículo 160, fracción IV, del Código Fiscal, por lo que el recurso mencionado no debe agotarse antes de ocurrir al amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4718/42. Llorens Favila Antonio. 6 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.