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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 278
AGENTES ADUANALES, CANCELACION DE LAS PATENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 278
Cuando se trata de cancelar la patente de un agente aduanal porque persiste, en el orden administrativo la convicción de falta de honorabilidad de ese agente, a pesar de que la autoridad judicial lo declare absuelto y libre por falta de méritos, del delito que se le imputó, es evidente que al referirse el artículo 93 del Reglamento de la Ley Aduanal a "convicción", establece una facultad discrecional, facultad que para ejercitarse sin ser violatoria de garantías debe subordinarse a la regla general del artículo 16 de la Constitución, por lo que ve a la obligación que tienen las autoridades de fundar y motivar los actos que puedan traducirse en molestia a la posesión y derechos de los particulares.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4718/42. Llorens Favila Antonio. 6 de abril de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.