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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 314
EXPROPIACION, LEY APLICABLE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 314
La circunstancia de que la Ley de Planificación y Zonificación para el Distrito y Territorios Federales y el decreto de expropiación de mil novecientos treinta y cinco, hablen de expropiación de predios no significa que se remitan a la Ley de Expropiación y que sea este ordenamiento el que debe regir los actos expropiatorios que se realicen con apoyo en la primera ley, pues es bien sabido que bajo el régimen de la Constitución de 1917, se han expedido disposiciones de carácter general y, al mismo tiempo, leyes de expropiación en materias especiales, quedando las expropiaciones decretadas en éstas, sujetadas a las leyes respectivas; por tanto la interposición de los recursos establecidos en la ley general, no puede ser eficaz en un caso de aplicación de las leyes especiales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8773/44. Urrutia Tomás. 9 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Nicéforo Guerrero.