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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 321
IMPUESTOS AL COMERCIO, AUMENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 321
Son violatorios de garantías los aumentos de impuestos y la confirmación de dichos aumentos a un giro comercial, si de las constancias que acompañaron las autoridades responsables a su informe justificado, aparece que éstas no tuvieron en cuenta ni lo pusieron así de manifiesto en el propio informe, la importancia, el capital, las ventas y los demás signos externos y circunstancias de la negociación, que justificaran los aumentos de impuestos hechos, su monto y la confirmación de dicho aumento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8485/44. Muciño Molina Guadalupe. 9 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Nicéforo Guerrero.