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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 379
TRIBUNAL FISCAL COMPETENCIA DEL, EN CASO DE CONDONACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 379
Del estudio del artículo 160 del Código Fiscal, se concluye que no hay razón para considerar que el legislador pretendió que las resoluciones denegatorias de condonación, no se sujetaron al conocimiento del Tribunal Fiscal, pues esa clases de resoluciones quedan exactamente comprendidas en la fracción IV del mencionado artículo 160.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5056/44. Durán Santos Antonio. 10 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.