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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322731
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2159
AMPARO ADMINISTRATIVO, INTERPRETACION DE LA DEMANDA DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2159
Cuando el Juez de Distrito interpretó los elementos de la demanda y de esa interpretación obtiene datos que implícitamente estaban contenidos en la misma, pero que, con estricto rigor formalista, no habían sido expresados, su labor no extraña, absolutamente hablando, una suplencia de la deficiencia de la queja y es por tanto perfectamente admisible tal interpretación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9655/44. Báez Ernesto Alonso. 6 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Nicéforo Guerrero.