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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2363
CAMINOS FEDERALES, FACULTADES DEL EJECUTIVO RESPECTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2363
Al concederse al Ejecutivo Federal facultades para expedir leyes sobre servicios públicos, concretamente sobre planificación, es indudable que las tiene también para disponer en qué forma deben llevarse a efecto esas obras de interés publico, como son sin duda alguna, las que se contraen a una carretera y la consiguiente urbanización y ornato de su entronque, con la parte urbana en el Distrito Federal; máxime, que si esa facultad tiene el carácter de general, y puede ejercitarla en cuanto a obras de carácter federal, no puede restringirse tratándose de las que son su continuación y que corresponden al mencionado distrito, bajo el control del presidente de la República, quien ejerce su mandato por medio del jefe del departamento respectivo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 906/42. Zaldívar Luis G. 8 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. El Ministro Franco Carreño hizo constar que si votó por la negativa del amparo por lo que ve a la expedición, promulgación y refrendo de la Ley de Planificación y Zonificación y de su Reglamento. La publicación no menciona el nombre del ponente.