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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322756
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2490
DEVOLUCION DE SUMAS PAGADAS AL FISCO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2490
Concedido un amparo para el efecto de que se reintegre una cantidad enterada de la Tesorería General de un Estado, al tesorero general de ésta, como autoridad responsable, corresponde hacer cuantas promociones y gestiones sean necesarias para que se pueda efectuar la devolución de la expresada suma, cosa ésta que en manera alguna implica vulneración a la soberanía del Estado sino tan sólo debido acatamiento de la ejecutoria de amparo respectiva.
Precedentes
Tomo LXXXIII, página 4893. Queja en amparo civil 669/43. Tesorero General del Estado de Coahuila. 10 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Tomo LXXXIII, página 2490. Queja en amparo civil 668/43. Tesorero General del Estado de Coahuila. 10 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.
Tomo LXXXIII, página 4893. Queja en amparo civil 681/43. Tesorero General del Estado de Coahuila. 10 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Alfonso Francisco Ramírez.