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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2670
MULTAS POR INFRACCIONES, PRESCRIPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2670
La prescripción es una institución jurídica establecida por la ley, es decir, opera siempre y cuando exista un precepto legal que la establezca y que fije el término correspondiente, por tanto, el hecho de que sea costumbre cobrar las multas por infracciones de tránsito, el día en que se comete la infracción o dos o tres días después no quiere decir que esa costumbre venga a constituir la situación jurídica denominada prescripción, pues falta la mencionada base legal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 693/44. Contreras F. de López Pilar. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.