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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2674
EXPROPIACION, LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO, NO IMPLICA CONOCIMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2674
La inscripción en el Registro Público de la Propiedad, de la venta de los bienes hechos por la autoridad, no implica el conocimiento del acto expropiatorio para los fines del amparo, la ley civil sólo establece que desde entonces el contrato surtirá efectos contra tercero, pero no que ellos queden sabedores del acto jurídico que originó el registro.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9466/44. García viuda de González Teresa. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Franco Carreño.
Quinta Epoca, Tomo LXXXI, página 3336. Amparo administrativo en revisión 1106/44. Cangas de Gómez Concepción. 14 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Tomo LXXXI, página 3336, esta tesis aparece bajo el rubro: "EXPROPIACIÓN (ACTOS CONSENTIDOS)."