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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3021
REVISION, INTERPOSICION DEL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3021
Debe estimarse fundado el auto del presidente de la Suprema Corte de Justicia, por el cual desechó el recurso de revisión, si se apoyó para ello en que aunque dicho recurso se hizo valer en tiempo, los agravios no se expresaron dentro del término legal.
Precedentes
Reclamación 8109/44. Hernández Guadalupe. 23 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.