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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322798
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3435
SULFATO SODICO, PRUEBA DE SU NATURALEZA PARA CONCESIONAR LA EXPLOTACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3435
Admitido que el sulfato sódico es mineral y no metálico y que por tanto, puede ser objeto de una concesión de explotación, como el artículo 1o., fracción IV, de la Ley Minera exige que se trate del que proviene de las salidas formadas directamente por las aguas del mar, esta circunstancia obliga a la Secretaría de la Economía a probar la condición requerida y no al dueño de los terrenos, en los cuales se ha dado una concesión para la explotación de dicho mineral, quien al afirmar ser dueño de dichos terrenos donde se encuentra el mineral, no está en el deber de demostrar la inexistencia del requisito de excepción mencionado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6152/43. Carrillo Juan F. 5 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXXIII, página 5221. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2156/43. Compañía Alcalí, S. de R. L. de C. V. 5 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.