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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3775
DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA, PREVISION INTERPUESTA POR LOS ABOGADOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3775
Aunque el artículo 90 del Reglamento General del Departamento de Salubridad Pública autoriza a los abogados consultores de dicho departamento para representarlo ante las autoridades del orden judicial, sin embargo, por ser dicho precepto reglamentario, opuesto al artículo 19 de la Ley de Amparo, que por categoría es superior a un reglamento, el aludido departamento no puede ser representado legalmente en esa forma en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6421/43. Stavchansky Esther. 9 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.