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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4254
ALCOHOL, VENTA POR LOS FABRICANTES DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4254
Si en el acta de visita a una fábrica de alcohol, se hace constar que se encuentra inactiva y sin huella de haber trabajado últimamente, el causante no está en la obligación de cumplir con lo que manda la fracción XX del artículo 8o. de la Ley del Impuesto Sobre Alcoholes, sin que pueda decirse válidamente, que por haberse encontrado inscrito en el libro de almacén el registro de una venta, la fábrica hubiese estado trabajando, porque la realización pudo ser posterior a la clausura y de efectos anteriormente obtenidos, y si se hizo constar la inactividad en el acta levantada, ese documento tiene valor de prueba plena.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6023/44. T. viuda de Tirado Victoria. 19 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.