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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 543
MARCAS, REGISTRO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 543
Cuando se trata de artículos que no son similares, podrán registrarse varias marcas, aunque sean idénticas a otras anteriormente registradas y vigentes, ya que no se refieren a los mismos artículos y ni siquiera a artículos similares, situación en que no existe posibilidad de confusión. Es decir, la similitud o semejanza de productos o artículos que puedan ser amparados por una marca, sólo pueden encontrarse en los comprendidos dentro de una misma clase de las que enumeran en el artículo 71 del reglamento de la ley de la materia, pero no puede darse esa similitud o semejanza entre aquellas comprendidas en diversas clases de las enumeradas en dicho precepto, pues la división de la ley se ha hecho comprendiendo artículos semejantes o similares entre sí, pero diferentes a los que están comprendidos en otras clases.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4992/48. Bacardí y Cía. S. A. 20 de octubre de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Disidente: Nicéforo Guerrero. Ponente: Franco Carreño.