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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1000
EXTRANJEROS, MULTAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1000
Expirado el término durante el cual puede permanecer un extranjero en el país, en calidad de turista, su permanencia en él resulta ilegal y no es bastante para justificarla, el haber solicitado el cambio de su calidad migratoria, ni la demora de las autoridades en resolver esa petición, por lo que la multa impuesta por tal motivo, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6716/49. Karez Israel. 4 de noviembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Nicéforo Guerrero.