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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1052
PRUEBA PERICIAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1052
No es forzosa la aceptación por la autoridad juzgadora, de la prueba pericial, cuando no se trata de resolver una situación que requiera conocimientos especializados que no estén a su alcance, pues la admisión de una prueba no obliga al sentenciador a tomarla en cuenta al resolver situaciones de derecho.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8701/49. Noriega Sordo Juan y coags. 7 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Alfonso Francisco Ramírez.