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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322897
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1058
COOPERATIVAS, IMPUESTOS A LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1058
Es cierto que en sentido estricto, las cooperativas no perciben utilidades; pero como los socios reciben prestaciones en especie, que son equiparables a dividendos obtenidos, es inconcuso que debe pagar el impuesto relativo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7549/49. "Ferrocarril Eléctrico de Lerdo a Torreón", S.C.L. 7 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Nicéforo Guerrero.