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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 322924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1714
IMPUESTO PAGADO DE MAS, NEGATIVA FICTA A DEVOLVERLO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1714
Hay negativa ficta a devolver unas cantidades pagadas de más, cuando no se contesta dentro del término establecido, si las liquidaciones en que se hace el pago de más, sí son resoluciones que admiten el recurso del artículo 334 de la Ley Aduanal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7009/49. García José Ramón. 30 de noviembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Bartlett B.